Microsoft Word - 17-3811 Crespo Rivera_Voces de los Menores Inmigrantes Final ______________ Evelyza Crespo-Rivera, Ph.D. Catedrática Auxiliar, Directora del Departamento de Trabajo Social, Escuela de Ciencias Sociales y Humanas, Universidad del Este. Agradecimiento especial a la Dra. Marilis Cuevas Torres por su colaboración en la edición de este artículo.  Copyright © 2013 Advances in Social Work Vol. 14 No. 1 (Spring 2013), 289-306   Voces de los Menores Inmigrantes en el Sistema de Cuidado Sustituto de Puerto Rico Evelyza Crespo-Rivera Resumen. El objetivo central de esta investigación es comprender las experiencias de los menores inmigrantes bajo la custodia del Estado. Además, busca describir la política pública y las prácticas diseñadas por el Estado para responder a las necesidades de los menores inmigrantes desde la realidad jurídica social de Puerto Rico. El estudio es cualitativo y el enfoque que se utilizó es la técnica de la triangulación de datos para poder construir las situaciones por las cuales los participantes atravesaron y al mismo tiempo, comparar sus percepciones con los escritos de las agencias sociales y las políticas estatales que abogan a favor de la protección, la seguridad, la calidad de vida y la no discriminación. La investigación permite concluir que son los menores de la población inmigrante quienes pueden relatar sus vivencias y construir un marco de referencia para mejorar la intervención y la aplicación de las políticas existentes. El estudio recomienda que se incluyan a aquellos que fueron inmigrantes bajo la custodia del estado en comitivas de distintos grupos de interes que abogan por el bienestar de tal población. Palabras clave: Menores inmigrantes, servicios de protección, cuidado sustituto, derechos humanos Los menores inmigrantes y sus familias representan una de las poblaciones de mayor crecimiento en los Estados Unidos. Durante los años 1990, más de 15 millones de inmigrantes entraron a los Estados Unidos en comparación con 10 millones en la década de los 1980 y 7 millones en los 1970 (Capps & Fortuny, 2006). Actualmente, la cantidad de menores inmigrantes participantes en el Sistema de Cuidado Sustituto es desconocida. La información estadística no se recoge de manera uniforme ni en los estados de la nación norteamericana ni en informes estadísticos a nivel nacional. La Ley de Puerto Rico Núm. 338 del 31 de diciembre de 1998, conocida como la Carta de Derechos de los Niños, reconoce la responsabilidad del gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de propiciar el máximo desarrollo social y emocional de los niños puertorriqueños. El Estado, a través de las leyes y políticas públicas de las agencias de bienestar infantil, establece como política pública que los menores en el Sistema de Cuidado Sustituto reciban servicios de calidad, protegiendo su seguridad, permanencia y bienestar. En Puerto Rico, el Sistema de Cuidado Sustituto está bajo la responsabilidad de la unidad de Administración de Familias y Niños del Departamento de la Familia. La Administración de Familias y Niños fue creada en virtud del Plan de Reorganización Número 1, del 28 de julio de 1995, el cual reorganizó y denominó el Departamento de Servicios Sociales como Departamento de la Familia. Dentro de esta agencia, la Crespo-Rivera/VOCES DE MENORES INMIGRANTES 290 Administración de Familias y Niños, a través de la Administración Auxiliar de Cuidado Sustituto y Adopción, es la agencia responsable de implantar la política pública establecida en la Ley de Puerto Rico Número 177 del 1ro de agosto de 2003, Ley para el Bienestar y la Protección Integral de la Niñez, así como se encarga de desarrollar los programas, servicios y recursos para la atención de los/as menores removidos de sus hogares de origen. Posteriormente, se aprobó en Puerto Rico la Ley 246 del 16 de diciembre de 2011 Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores, para derogar la ley anterior. Con esta ley, se presentó un cambio de política pública del Estado referente a los esfuerzos razonables:   Será política pública que en los casos donde surja un conflicto de intereses entre el custodio del menor y el mejor bienestar del menor, debe priorizarse el bienestar del menor. Esto aplicará en todos los procesos Administrativos y Judiciales que se lleven a cabo como consecuencia de esta Ley (Ley 246 del 16 de diciembre de 2011, párrafo 7). Se espera que el Sistema de Cuidado Sustituto proporcione un hogar mejor al natural para el crecimiento integral del menor. De acuerdo a datos del National Child Abuse and Neglect Data System, del año fiscal 2011, los hispanos representan en 22.1% de los menores en el cuidado sustituto a nivel nacional. Según el Sistema de Información y Seguimiento del Departamento de la Familia (2012), en Puerto Rico, para el 2009, había 6,950 menores en el Sistema de Cuidado Sustituto, de los cuales 1,943 residían con familiares. Al considerar la información acerca de los menores inmigrantes y las políticas que regulan los protocolos de los casos en Puerto Rico, el propósito de esta investigación fue analizar desde un enfoque cualitativo, la condición de invisibilidad y vulnerabilidad de los menores inmigrantes en custodia del Estado. Como así también, describir las políticas públicas y las prácticas del Estado para responder a las necesidades de la comunidad inmigrante desde la realidad jurídica social de Puerto Rico. Este estudio pretende contribuir al entendimiento de las experiencias de la niñez inmigrante en el Sistema de Cuidado Sustituto y cómo se relaciona con la política pública vigente y las prácticas del Estado que responden a las necesidades de dicha comunidad en Puerto Rico. Tal como se señaló anteriormente, la niñez inmigrante y sus familias representan una de las poblaciones de más rápido crecimiento en los Estados Unidos, por lo que no es de extrañar similitudes proporcionales en la Isla, no solo por la relación que mantenemos con los Estados Unidos, sino por la posición geográfica de Puerto Rico en el Caribe. El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) trabaja con los gobiernos, las comunidades locales y otros organismos de más de 160 países, territorios y regiones para promover los derechos de la niñez y suministrar atención a la nutrición, educación y salubridad. Este Fondo es el único organismo de las Naciones Unidas dedicado exclusivamente a la niñez que defiende sus intereses y promueve la plena aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (UNICEF, 2006). ADVANCES IN SOCIAL WORK, Spring 2013, 14(1) 291 La Declaración de los Derechos del Niño (1959) dispone que "el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento" (Preámbulo, párrafo 3). Se trabaja con los principios sociales y jurídicos relativos a la protección y el bienestar de los niños, con particular referencia a la adopción y la ubicación en hogares de crianza en el plano nacional e internacional. La necesidad de proporcionar a los menores una protección especial fue enunciada inicialmente en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y en la Declaración de los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1959. Además, se reafirmó en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en particular, en los artículos 23 y 24), en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (con énfasis específicamente, en el artículo 10) y en los estatutos e instrumentos pertinentes de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño. En Puerto Rico, la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en su Carta de Derechos (1952) expresa que la dignidad del ser humano es inviolable: “Todos los hombres son iguales ante la Ley. No podrá establecerse discrimen alguno por motivo de raza, color, sexo, nacimiento, origen o condición social, ni ideas políticas o religiosas” (Artículo II, párrafo 1). Por lo tanto, dentro de este contexto los menores inmigrantes, sin importar su procedencia, tienen derecho de trato justo hacia la satisfacción de sus necesidades básicas. Además, la Ley 338 del 31 de diciembre de 1998 expresa que: El Estado Libre Asociado de Puerto Rico, con plena conciencia de que es su responsabilidad lograr el máximo desarrollo y bienestar de todos los niños del país, declara que todo niño en Puerto Rico, desde su nacimiento hasta los veintiún (21) años de edad, y sin menoscabo de las leyes vigentes, tendrán derechos dirigidos a que se le garantice la vigencia efectiva de los derechos consignados en la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y en las leyes y reglamentos que le sean aplicables (Artículo II, párrafo 1). Objetivos de Investigación Para la consecución del propósito de investigación planteado, se delinearon los siguientes objetivos:  Describir las necesidades de la niñez inmigrante en Puerto Rico que se ubica en hogares sustitutos.  Describir las percepciones de los menores inmigrantes en relación a los servicios de protección que les provee el Estado.  Sugerir diseños de política inclusiva apoyando el mejoramiento de los servicios a la niñez, la juventud y sus familias. En términos generales, esta investigación pretendió mediante sus hallazgos dar respuesta a las siguientes interrogantes: ¿Cómo las personas participantes describen su experiencia migratoria como menores de edad en custodia del estado? ¿Cómo las Crespo-Rivera/VOCES DE MENORES INMIGRANTES 292 personas participantes describen su experiencia en el Sistema de Cuidado Sustituto? ¿Cómo definen los derechos humanos? Finalmente, ¿cuál es la percepción de la población menor inmigrante en cuanto a los servicios provistos y coordinados por el Sistema de Cuidado Sustituto para el logro de sus planes de permanencia? Marco Conceptual El marco conceptual bajo el cual se planteó esta investigación es la perspectiva construccionista. El tema de la inmigración representa una categoría de acuerdo al contexto y a quién se define. Para entender el concepto de inmigración, es necesario considerar los elementos Estado, nacionalidad y ciudadanía. El Estado es central porque representa el ente llamado a garantizar que todas las personas en su jurisdicción o territorio tengan completo goce de sus derechos humanos. El concepto de ciudadanía se convierte en eje central de la discusión en las democracias modernas dadas las contradicciones en el principio de igualdad y la particularidad de la diferencia de las mujeres y otros grupos excluidos. La nacionalidad es fundamental en este contexto porque ahí es donde se dan las brechas de lo que pertenece y es relativo a un país (Acevedo, Agostini, & Murúa, 2003). Además, el contexto social juega un rol bien importante en torno al trabajo de las leyes protectoras de los más desventajados. La represión, tanto en países en vías de desarrollo como en los más ricos y poderosos, demuestra que, en lo cotidiano, se dan situaciones contrarias a lo legal y a lo moral. Se destacan tres tipos de ciudadanía entre los inmigrantes: (a) los que obtienen la ciudadanía formalmente, (b) los que reciben algún beneficio, pero no tienen una ciudadanía formal y (c) los llamados ilegales o indocumentados. Acevedo et al. (2003), enlazando el tema de ciudadanía e inmigración, señalan que la situación de los inmigrantes manifiesta las injusticias sociales presentes en nuestra democracia, porque tienen que soportar discriminación y la negación de sus derechos como ciudadanos. Es por ello que resulta relevante examinar las percepciones de los inmigrantes respecto a lo que ellos representan para el Estado. La necesidad de comprender el sentido de la acción social en el contexto del mundo de la vida desde la perspectiva de los actores, requiere el enfoque de paradigmas cualitativos. Particularmente, desde este enfoque Kisnerman (2005) y Gergen (2009) convergen en referir la importancia al contexto y al protagonismo de la interpretación de los actores. Específicamente, Gergen (2009) señala que lo más importante, desde el construccionismo es la deconstrucción, la participación de los sujetos y las posibilidades de la reconstrucción de nuevas realidades con la intención de abogar hacia una transformación cultural. Es ahí donde la ciencia logra su cometido, por lo tanto, es esencial en este estudio examinar la realidad desde la interpretación de los menores inmigrantes. Por otro lado, Berger y Luckman (2005) argumentan que la sociología del conocimiento debe ocuparse de lo que la gente conoce como realidad en su vida cotidiana, una realidad que es a su vez opresiva y presenta retos de sobrevivencia ante un contexto no planificado. Cuando las personas no son consideradas ni tratadas de manera equivalente da lugar a vivir bajo coerción y dominación. La desigualdad es el resultado ADVANCES IN SOCIAL WORK, Spring 2013, 14(1) 293 de las prácticas y actitudes hacia las diferencias, sean de raza, orientación sexual, género, edad, necesidades especiales, condición económica, u origen étnico. Considerando los teóricos antes esbozados, se establece como necesario darle voz a la población y considerarla en el diseño de los servicios. En Puerto Rico hay mucho desconocimiento sobre la existencia de la inmigración y no se han generado investigaciones relativas a la situación de los menores inmigrantes. Es por ello que se debe hacer referencia a estudios previos en contextos similares. Quiñonez- Mayo y Dempsey (2005) enfatizaron el reto que enfrentan los manejadores de casos, cuando asisten a familias latinas, para mantener la integración familiar y fomentar la adaptación cultural de los menores. Mientras que Capps, Rosenblum, Rodríguez, y Chisthi (2011) investigaron sobre las redadas del Inmigration and Custom Enforcement en el lugar de trabajo de las personas inmigrantes y el impacto dramático que tienen en las comunidades, Earner (2007) trabajó con dos grupos focales en New York investigando las experiencias de los padres y madres inmigrantes con el proceso de investigación en protección a menores. Por otro lado, Dettlaff y Fong (2011) argumentaron sobre la necesidad de evaluar los programas en cuanto a la competencia cultural. De ello se desprendió que resulta fundamental la competencia cultural para los profesionales que ofrecen servicios y asistencia a inmigrantes. A partir de la literatura, queda evidenciado que los profesionales y las agencias del Estado deben estar preparados para responder, de manera competente, respetuosa, y efectiva, a personas de todas las culturas, clases, razas, trasfondos, etnias, orientación sexual, creencias y religiones de manera que se reconozca la dignidad del ser humano. Método La investigación cualitativa permite un acercamiento a los fenómenos de manera particular, dando énfasis prioritario a los detalles y a la individualidad. La investigación cualitativa es el cuerpo de conocimientos que conforman los distintos diseños y estrategias de investigación que producen datos o información de manera textual, visual o narrativa, los cuales se analizan a través de medios no matemáticos (Lucca & Berríos, 2009). Kisnerman (2005) habla de la investigación como un modo de emancipación, construcción de sujetos vinculando sus representaciones y centrado en los procesos sociales. A partir de estos supuestos, la información relevante y hasta repetitiva de los menores, obtenida en esta investigación, nos ayuda a analizar este fenómeno desde distintos puntos de vista. En esta investigación, se utilizó el estudio de caso múltiple para entender las experiencias de los menores inmigrantes. Se presentaron las experiencias de los participantes para examinar cómo sus vivencias contrastan con los datos descriptivos de los expedientes oficiales de la agencia principal proveedora de servicios. Esta investigación es de carácter descriptivo y se caracteriza por las diversas maneras de acercarse al tema de estudio mediante el análisis de documentos y de políticas públicas existentes, entrevistas a los participantes de servicios impactados por tales políticas y notas de campo. Se utilizó varias estrategias de recopilación de información con el fin de triangular la misma. Crespo-Rivera/VOCES DE MENORES INMIGRANTES 294 Instrumentos La investigación constó de tres instrumentos para la recopilación de datos. El primero de ellos fue la hoja para guiar la lectura de los expedientes de archivo. El instrumento de lectura de expedientes contiene una lista de indicadores observables en las distintas secciones de los expedientes sociales de la Administración de Familias y Niños. Las evidencias documentales tenían áreas relacionadas a: (a) cumplimento de términos de acción prestablecidos por los protocolos de la Agencia, (b) interpretaciones hechas a la población de los distintos acontecimientos dentro de su caso, (c) la participación familiar, (d) servicios provistos, (e) evidencia de las notificaciones consulares, (f) planes de servicios y planes de permanencia, y (g) contacto con familiares tanto en su país de origen como en Puerto Rico. El segundo instrumento fue la guía para el análisis de los documentos relacionados a la ley estatal de protección a menores, las cartas normativas y el manual vigente de servicios a menores en el Sistema de Cuidado Sustituto. La guía de análisis de política se basó en los argumentos planteados por Bardach (2005), que propone evaluar la calidad de las políticas públicas de acuerdo a los siguientes criterios: análisis, recopilación de evidencia, construcción de alternativas, selección de criterios, proyección de resultados, compensación de pérdidas, y decisión y divulgación de resultados. El tercer instrumento para la recopilación de datos fue la guía de preguntas para las entrevistas, que incluyó: (a) la experiencia de emigrar a Puerto Rico de los entrevistados o de sus padres o madres, (b) la relación cultural y su experiencia en el país receptor, (c) el proceso de remoción o rescate, las relaciones familiares pasadas y vigentes, incluyendo la relación con sus hermanos y hermanas, (d) la provisión de servicios relacionados a su condición de menor inmigrante, (e) la relación con su(s) manejadora(s) de casos (se refiere al puesto oficial del trabajador social y técnico de servicios encargados de los menores en la agencia), (f) su experiencia general en el Sistema de Cuidado Sustituto, (g) sus recomendaciones para mejorar el servicio a otros menores y (h) sus planes futuros. Participantes En esta investigación la unidad de estudio estaba constituida por la juventud inmigrante de primera y segunda generación activa en el Sistema de Cuidado Sustituto en Puerto Rico. Se seleccionó un total de nueve jóvenes, de los cuales se analizaron sus expedientes, pero solo se entrevistaron a ocho de ellos. Todos los menores cumplían con los criterios de inclusión: (a) tenían entre 14 a 18 años, (b) estaban bajo la custodia activa del estado a través del Departamento de la Familia, (c) hablaban español, (d) permitieron que se grabara la entrevista, (e) su participación fue voluntaria, y (f) estaban bajo la custodia del estado por más de seis meses. Dos de los participantes se encontraban confinados al momento de la entrevista. La población inmigrante es una de difícil reclutamiento por los temores inherentes a su condición de legalidad migratoria. Se hizo claro que la información recopilada no sería utilizada por las agencias relacionadas con inmigración. No obstante, tomó tiempo ganar la confianza de los posibles participantes para acceder a las entrevistas. ADVANCES IN SOCIAL WORK, Spring 2013, 14(1) 295 Procedimiento Este estudio contó con la autorización del Comité Institucional para la Protección de los Seres Humanos en la Investigación de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras y del Departamento de la Familia de Puerto Rico. Los posibles participantes fueron identificados por la persona designada en la Administración Auxiliar de Cuidado Sustituto y Adopción y éstos a su vez, se comunicaron con los manejadores de casos. Se procedió a entregar al funcionario designado a nuestra investigación la promoción necesaria para el reclutamiento de los posibles participantes y los manejadores de casos. Los participantes recibieron información escrita sobre el estudio. Las entrevistas se realizaron de acuerdo a la situación del menor (residencia de los participantes, escuela, centro correccional o universidad) y tuvieron una duración aproximada de entre 30 a 45 minutos. Todas las entrevistas fueron grabadas en cinta magnetofónica y luego transcritas. Análisis de la Información En esta investigación se trabajó con el modelo planteado por Wolcott (2009) que consiste de tres componentes principales: descripción, análisis e interpretación. La descripción, sostiene el autor, se refiere al proceso mediante el cual ilustramos los relatos de lo ocurrido u observado. El análisis se refiere a las interrelaciones, que como investigadores, establecemos entre diferentes elementos de una situación bajo estudio. Finalmente, la interpretación responde a las inferencias que derivamos acerca del significado de los datos en el contexto. La triangulación de datos fortalece el estudio utilizando las diferentes fuentes de recopilación de información. Por lo tanto la información proveniente de las entrevistas, el análisis de expedientes sociales y la observación ofrecen la información necesaria para la interpretación. Se desarrollaron categorías iniciales, basadas en la literatura, para codificar la información obtenida de los documentos y de las entrevistas. Durante el proceso de análisis, también fue necesario incorporar nuevas categorías para la codificación. El análisis de los códigos mediante categorías se elaboró utilizando el programa Nvivo8. Resultados y Discusión El marco del construccionismo social sirvió para explicar los resultados del estudio, y a partir de ello, construir conocimiento específico en torno a las políticas públicas que abarcan la situación de los menores inmigrantes en Puerto Rico. En esta sección se presentan y analizan los hallazgos desde la perspectiva del análisis cualitativo. La organización de los resultados presentados se enmarcó en tres de las categorías principales de análisis: (a) vivencias como menores inmigrantes, (b) servicios provistos y coordinados por el Sistema de Cuidado Sustituto y (c) construcciones por parte de las personas participantes sobre sus derechos (véase Tabla 1). La discusión de estas categorías surgió de las verbalizaciones de los participantes así como de la información contenida en los expedientes sociales correspondientes y del contenido de la política Crespo-Rivera/VOCES DE MENORES INMIGRANTES 296 pública. Para garantizar el anonimato de los participantes se utilizaron seudónimos y se eliminaron las conexiones con los lugares específicos de origen y otra información sensitiva de las verbalizaciones. Primera categoría de Análisis: Vivencias de los Menores Inmigrantes. Un hallazgo importante de la categoría vivencias de los menores inmigrantes fue que el historial de los participantes en la agencia correspondiente, no contenía evidencia de los documentos migratorios o no estaban actualizados para hacer gestiones (ej. Visa o permiso de estudio y trabajo). En términos del análisis de las entrevistas a los menores, indicó que debido a razones económicas, políticas, religiosas y sociales, muchas personas abandonan sus países de origen para mejorar sus condiciones de vida y la de sus familiares. Siete de los ocho menores hicieron el viaje con sus familias, cinco eran infantes o preescolares al momento de la travesía y no recordaban con claridad el momento ni las circunstancias del viaje. Una de las participantes relató el viaje con cierta superficialidad. En el caso de Linda, las circunstancias del viaje no estaban claras y se percibieron indicios de tráfico humano que no pudieron ser validados desde esta investigación. En cuanto al análisis de las políticas públicas, en la normativa del Departamento de la Familia (Normativa:  Orden administrativa para disponer el procedimiento a seguir cuando personal del Departamento de la Familia interviene con menores o familias extranjeras, DF-05-001) se dispone que en el caso de menores inmigrantes las agencias correspondientes deben establecer normas y procesos, deben facilitar la coordinación entre las agencias, y el Departamento de la Familia debe ser responsable de que lo dispuesto se cumpla. A partir del análisis de las entrevistas y los expedientes, se pudo contrastar que la información obtenida no fue congruente con lo dispuesto en la política pública. Los expedientes no contenían la evidencia suficiente para validar que los menores pasaron por los procesos adecuados para la documentación legal. Segunda Categoría de Análisis: Servicios Provistos y Coordinados por el Sistema de Cuidado Sustituto. En esta categoría surgieron datos relacionados con la experiencia educativa de los menores en Puerto Rico, sus experiencias con la receptividad comunitaria, y la aceptación de sus costumbres como la alimentación, prácticas religiosas e idioma. Es importante recordar que la cultura es una serie de creencias, actitudes, y estándares de comportamiento transmitidos de una generación a la otra (Siegel, 2010). Por otro lado, la cultura étnica es la que da sentido de pertenencia, es excluyente de un grupo a otro y no es estática (Fontes, 2005), dadas las influencias contantes que tienen los grupos de enfrentar los nuevos retos tecnológicos, económicos y sociales que enfrenta una generación versus otra. ADVANCES IN SOCIAL WORK, Spring 2013, 14(1) 297 Tabla 1 Resumen de Hallazgos de las Categórias Principales Categoría Entrevista Expedientes Política Vivencias de los menores inmigrantes Al momento del viaje la mayoría eran infantes o pre-escolares y no tenían claro las circunstancias y eventos del viaje migratorio. No contienen documentos (ej. Visa o permiso de estudio y trabajo) migratorios o no estaban actualizados para poder hacer gestiones para estudio y trabajo. DF-05-001 Carta Normativa: “Notificación consular cuando se interviene con menores o familias extranjeras” dispone la política pública sobre la protección de los menores basada en su desarrollo integral; adoptar las medidas y mecanismos protectores necesarios; establecer las normas que regirán los procesos administrativos y judiciales; facilitar la coordinación multisectorial y entre las agencias; facultar al Departamento de la Familia a implantar esta Ley; tipificar delitos e imponer penalidades. (página 1) Servicios provistos y coordinados por el Sistema de Cuidado Sustituto Los participantes son desertores escolares, otros están en el sistema público de enseñanza, aunque en varios casos, la edad no corresponde al grado (rezago académico). Rescate del significado de la escuela y comunidad y actividad religiosa Reportan los diferentes grados académicos alcanzados. No se desprende evidencia documental relacionada a la evaluación psicológica o dental requerida a la población. ADFAN-PS-CSA-2006-009 Carta Normativa:” Evaluación y Prestación de Servicios de Salud Física y Mental” dispone que las necesidades de salud física de los menores en cuidado sustituto deben ser evaluadas anualmente, a menos que las condiciones de los menores requieran evaluaciones más frecuentes. Los servicios médicos a ofrecerse deben ser adecuados y los necesarios de acuerdo a la situación y edad del menor. Esto incluye, pero no se limita a, evaluación y cuidado preventivo, salud oral, laboratorios y tratamiento para condiciones médicas. En el caso de menores en cuidado sustituto el/la funcionario/a que tenga a su cargo la atención del caso se asegurará de evaluar al menor al momento de su colocación inicial y en las reubicaciones subsiguientes. Los menores que reciben servicios de protección social en el hogar, serán evaluados cuando el área de salud física o mental se considere afectada por la situación de maltrato o negligencia, especialmente en menores víctimas de abuso físico y sexual. Los menores que requieran servicios en el área de salud mental deben ser evaluados y recibir servicios de acuerdo a su necesidad y condición. Siempre que existan indicadores de problemas de salud mental deben realizarse evaluaciones lo más pronto posible. Menores bajo la custodia del Estado, deben recibir una evaluación al momento de ingresar a cuidado sustituto.” (página 1) Crespo-Rivera/VOCES DE MENORES INMIGRANTES 298 Tabla 1 (cont.)   Categoría Entrevista Expedientes Política Construcciones por parte de los participantes sobre sus derechos No tiene claro cuáles son sus derechos. Dificultades de adaptaciones en términos del proceso en el cual son custodios bajo el Departamento de la Familia u hogares sustitutos. No perciben a los manejadores de caso como defensores de sus derechos, sino a otras personas significativas en su vida. Derechos humanos etéreos. En uno de los casos hubo coordinación con las Agencias de Inmigración y Aduana Federal para el proceso de extradición a la Republica Dominicana. Este trámite era desde la óptica legal y no desde la provisión de servicios para la reunificación familiar. En el resto de casos estudiados no se evidenciaron trámites para garantizar derechos de legalidad migratoria y otros derechos ciudadanos. Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores, Art. 2 Ley 246 del 2011 “Los menores tienen derecho a la vida, a una buena calidad de vida y a un ambiente sano, en condiciones de dignidad y goce de todos sus derechos en forma prevalente. La calidad de vida es esencial para su desarrollo integral, acorde con la dignidad de ser humano. Este derecho supone la generación de condiciones que les aseguren desde la concepción, el cuidado, la protección, la alimentación nutritiva y equilibrada, el acceso a los servicios de salud, la educación, el vestuario adecuado, la recreación y la vivienda segura dotada de servicios públicos esenciales en un ambiente sano.” Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores, Artículo 3 de la Ley 226 (inciso jj): “Protección integral - el reconocimiento como sujetos de derechos, la garantía y cumplimiento de los menores, la eliminación de la amenaza para la seguridad de su restablecimiento inmediato en desarrollo del principio del mejor bienestar del menor. La protección integral se materializa en el conjunto de políticas, planes, programas y acciones que se ejecuten con la correspondiente asignación de recursos financieros, físicos y humanos.” ADVANCES IN SOCIAL WORK, Spring 2013, 14(1) 299 La información recopilada en relación a la experiencia educativa en Puerto Rico parte de las entrevistas con los menores y la información en los expedientes sociales. Esta categoría indicó que dos de las personas participantes no estaban en la escuela, dos habían terminado estudios técnicos (enfermería y artes culinarias), cuatro estaban en la escuela secundaria y uno tomaba clases en el programa de educación especial. Ninguno de ellos había terminado su escuela de manera regular, es decir que en todos los casos se encontró un desbalance entre la edad cronológica y el nivel escolar alcanzado. Esta información se recogió esencialmente de los entrevistados ya que los expedientes solamente contenían los grados alcanzados y las anotaciones no estaban escritas de manera secuencial. Dada la diversidad étnica, social y religosa presente en el sistema de la educación publica de Puerto Rico, es difícil para los académicos poder ajustar sus modalidades pedagógicas a los distintos estilos de aprendizaje y necesidades de los alumnos. Todos los participantes habían utilizado el sistema de educación pública de Puerto Rico, excepto Linda, quien estudiaba en un colegio privado al momento de la remoción. Luego de ese cambio, ella ingresó en el sistema público de enseñanza del Departamento de Educación y se encuentra actualmente en undécimo grado. En el caso de Caleb, la escuela es muy significativa, ya que él la identifica como su espacio donde tiene que defender a sus hermanos y a si mismo de las burlas de sus compañeros por razón de su origen étnico. Su dialecto y el de sus hermanos es “papiamento”. Caleb relata sus experiencias en la escuela de la siguiente manera: “Eso sí. Ahí se reían de mí. Yo peleaba …yo iba pa’ la escuela a pelear na’ más”,… “no, en verdad, yo iba ahí… a la escuela to’ los días y yo estaba ansioso porque llegara las seis de la mañana y las tres de la tarde… pa’ pelear… con mis otros hermanos… [Se ríe]. Y si me-- se metían con uno, los otros le brincaban encima. Eran como que un tres pa’ uno…” La investigación sugiere que la niñez y la juventud en hogares de crianza no están teniendo éxito en la escuela. Claramente es necesario un esfuerzo concertado para poder obtener mejores resultados. Cónsono con este hallazgo, el Departamento de Salud y Servicios Humanos Federal (2010) informó que en 52 estados y jurisdicciones que participaron en los procesos de evaluación y monitoria federal entre los años 2007 al 2010, se evidenció que las necesidades educativas no fueron satisfechas de manera adecuada. Específicamente en las transferencias de expedientes, comunicación y retrasos en las matrículas escolares. Nuestra investigación es una evidencia más de esta realidad en la cual los participantes tienen rezago académico, son desertores o están en una gran desventaja en sus escenarios escolares. Ninguna agencia cuenta con los recursos, ni la experiencia para proporcionar los servicios necesarios para atender las necesidades de esta población de alto riesgo. La agencia de protección, las escuelas, las familias y la propia juventud deben trabajar juntos de manera estratégica en nuevas formas de abordaje y con gran energía para acelerar, ampliar y unificar esfuerzos para lograr mejores resultados (Zeitlin, Weinberg, & Shea, 2006). Por otra parte, al analizar la política pública, se encontró que, según establecido por las normas del Departamento de la Familia (ADFAN-PS-CSA-2006-009), las Crespo-Rivera/VOCES DE MENORES INMIGRANTES 300 estipulaciones se concentran en atender las necesidades de salud física, psicológica y mental de los menores. La política establece que los menores deben evaluarse anualmente, a menos que presenten una condición que requiera evaluaciones frecuentes. Es alarmante que en los expedientes examinados no se encontrara evidencia si los menores habían recibido estas evaluaciones, aun cuando deben documentarse todas las gestiones realizadas por el manejador de casos. Del análisis de las entrevistas, surgió información relacionada al desarrollo de identidad cultural en la categoría servicios provistos y coordinados por el Sistema de Cuidado Sustituto. Los menores enfrentaron dificultades de adaptación en la comunidad, relacionadas mayormente con la situación de estar bajo la custodia del gobierno. A pesar de la remoción, ellos estaban en comunidades donde su identidad cultural era reconocida. En el caso de Linda, ella vivía en una comunidad donde la iglesia y los negocios eran frecuentados por personas de su mismo origen étnico (China). En el caso de los participantes provenientes de la República Dominicana, ellos vivían en comunidades donde se sentían protegidos por sus compatriotas. En el tema de experiencias culturales se exploraron las vivencias en cuanto al tema de religión, alimentación e idioma. La cultura étnica incluye el lenguaje, la visión de mundo, vestimenta, alimentos, estilos de comunicación, nociones de bienestar, estilos de crianza y auto-concepto (Abney, 2002). Linda, la menor oriunda de China, hablando de su dieta actual en el hogar sustituto expresó lo siguiente: “Pues, sí, me respeta […] nosotros comemos más saludable, sin mucho… poco sal, poco aceite; pues… ellos comen mucho.” En cuanto al tema de religión, dos de los menores señalaron participar de alguna actividad religiosa de manera constante y un menor que se encontraba confinado al momento de la entrevista participa de manera casual. Aquellos que participan de algún tipo de actividad religiosa indican que ésta no tiene relación con la religión practicada por sus padres, madres o personas responsables de ellos antes de la remoción. Ambos menores expresaron que la experiencia de participar de comunidades de fe les ayudaba en su proceso de vida. Ellos hicieron referencias a algunos rituales específicos en sus familias de origen, pero no pueden explicarlas de manera concreta y no las relacionan con sus creencias actuales. Caleb, hablando de las prácticas religiosas de su madre dice: “No, mi ma’i creía en San… San Miguel. Que ella lo ponía ahí, prendía un tabaco y se lo echaba ahí encima ahí… Cosas ahí que… que ella entendía.” “No, ella iba pa’ la iglesia. Ella iba pa’… una… católica yo creo, no sé; no me acuerdo bien. Pero iba pa’ una iglesia.” Linda relata las prácticas religiosas de sus padres: “Budismo, algo así, siempre to’s los chinos son eso […] Ajá, incienso, pa’l día y lo pones entonces ahí, y hacer un buen comida a… a… a agradarle gracias al cielo, y después celebramos y comemos. Algo así” Aja, pero yo pertenece ADVANCES IN SOCIAL WORK, Spring 2013, 14(1) 301 muchos religiones. Yo soy evangélica, pero yo, yo no rechazo a los demás, porque yo-- yo estudiaba en-- en colegio de católica.” Otro elemento significativo es que aquellos que expresaron estar practicando alguna religión se identificaron como protestantes o evangélicos, siendo la fe católica dominante en Puerto Rico. En resumen, en cuanto a sus experiencias como menores inmigrantes se puede afirmar que los entrevistados no participaron de la decisión de emigrar, sus familias viajaron para mejorar sus condiciones de vida, y en la mayoría de los casos vinieron con sus madres y otros familiares. Además, en su proceso de integración cultural todos se han rezagado en su proceso educativo. Sin embargo, la escuela resultó ser un espacio importante para varios participantes y representa un área en la cual reciben apoyo emocional y educativo. En cuanto a la religión, tres participantes la mencionan como algo significativo en sus vidas, aun cuando no pueden describir con claridad las creencias o prácticas de sus familias de origen. Es decir, sus prácticas religiosas actuales responden a su decisión y no a la crianza original. Tercera Categoría de Análisis: Construcciones por Parte de los Participantes Sobre sus Derechos. En términos generales, los resultados de esta categoría indican que los participantes emigraron, en su mayoría, con sus familias de origen que buscaban mejorar sus condiciones de vida, tanto sociales como económicas. Bajo este rubro se procuró conocer las percepciones de los entrevistados de sus derechos, cómo los definían, y quienes representaban mejor sus intereses como menores de edad. Todas las personas entrevistadas viajaron con sus familiares, excepto en uno de los casos, el cual no formó parte de la decisión de emigrar. Los participantes manifestaron enfrentar dificultades de adaptación al país receptor, en este caso Puerto Rico, por varias razones. El factor más importante o consistente a través de los relatos fue que ellos provenían de familias en las cuales ellos o algunos de sus familiares cercanos habían atravesado por problemas de maltrato, uso de drogas, encarcelamiento, condiciones mentales, entre otras dificultades. Pasar por tales circunstancias los llevó a estar sujetos a intervenciones del Estado, ya fuera por el sistema de protección a menores o de justicia en el caso de los dos menores transgresores de la ley. Hubo consistencia en las razones para el movimiento migratorio, sin embargo, las percepciones sobre la integración al país receptor fueron diversas; especialmente por las diferencias culturales entre los entrevistados. La noción de derechos por parte de lo participantes resultó ambigua y se alineó a conceptos como acceso a un lugar donde vivir, la escuela y los alimentos. Es importante conocer y entender cómo las distintas culturas abordan un mismo tema, ya que las interpretaciones de los participantes varían según sus culturas de origen. En el caso de Linda, donde expresa que su cultura no valora a las mujeres, se refiere a Puerto Rico con esperanza de progresar y considera su condición de custodia como una transición en su vida. Distinto es el caso de Harold, quien mostró una opinión muy negativa del proceso de remoción y habló despectivamente de la agencia, ya que él lleva muchos años en el Crespo-Rivera/VOCES DE MENORES INMIGRANTES 302 sistema. María fue la única participante que reconoció a su familia de crianza como un sistema de apoyo con el que podrá contar en el futuro. Esta joven estudió un curso técnico en enfermería y es su familia de crianza que la ayudaron en el cuido de su bebé. El resto de los participantes identifican a sus maestras como personas claves que los han representado en distintos momentos de necesidad. Ninguno de ellos identificó a sus manejadores de casos como sus defensores de derechos. En cuanto a la política pública en Puerto Rico, el artículo 3 de la Ley 226 del 2012 (inciso jj) establece que la protección integral a menores como: (…) el reconocimiento como sujetos de derechos, la garantía y cumplimiento de los menores, la eliminación de la amenaza para la seguridad de su restablecimiento inmediato en desarrollo del principio del mejor bienestar del menor. La protección integral se materializa en el conjunto de políticas, planes, programas y acciones que se ejecuten con la correspondiente asignación de recursos financieros, físicos y humanos. Los contextos económicos y sociopolíticos más amplios en los cuales la gente opera, también dan forma a los derechos humanos en la práctica. Los participantes de esta investigación mostraron un vago concepto acerca de sus derechos. Mencionaron, principalmente, que los derechos eran como algo etéreo, no los relacionaron con el sentido práctico de su realidad cotidiana. Todos los seres humanos tienen derecho a una vida digna y a que se promuevan aquellas gestiones que sean necesarias para un mejor bienestar. Aun cuando esta población tiene dificultades para acceder a servicios (tales como ayuda para alimentos y servicios de salud) limitados por su estatus migratorio, ellos tienen el derecho de ser tratados en igualdad de condiciones para alcanzar una calidad de vida digna. El Estado tiene la obligación de protegerlos, identificar a familiares en sus países de origen para su regreso a sus ciudades natales o como última alternativa hacer todas las gestiones pertinentes para que cuando cumplan su mayoría de edad tengan toda su documentación vigente. Conclusiones Analizar las verbalizaciones de los menores posibilitó contestar las preguntas de investigación propuestas con el fin de entender las construcciones que ellos tienen acerca del proceso de inmigración, experiencias en: Puerto Rico como país receptor, experiencias con los servicios provistos y coordinados por el Estado y sus experiencias relacionadas a esta circunstancia. La información presentada en las diversas categorías de análisis no es mutuamente excluyente, sino que se pueden observar interconexiones para acercarnos a la realidad de los participantes. Los menores son frecuentemente separados de sus padres, madres y hermanos por periodos extensos de tiempo antes de una reunificación familiar en el país receptor (Fontes, 2005). Aunque las verbalizaciones de los participantes son la parte principal del estudio, la revisión de documentos reforzó la investigación en torno al impacto en la política pública existente. En ese sentido, cuando la política no surge teniendo en cuenta las personas ADVANCES IN SOCIAL WORK, Spring 2013, 14(1) 303 afectadas y sus características, puede no cumplir con las necesidades y expectativas de esos grupos sociales. En términos de la población estudiada, son los propios menores de la población inmigrante que pueden relatar sus vivencias y construir un marco de referencia para mejorar la aplicación de las políticas existentes. Vidich y Lyman (1994) explican que la investigación cualitativa es de gran aportación para entender la cotidianidad de las personas y a partir de ello, generar nuevas contribuciones a las disciplinas. La migración de personas a través de la historia indica que se ha creado una diáspora global. La tecnología ha facilitado las conexiones entre los países y fortalecido lazos de solidaridad, sin embargo, aún se evidencia discriminación frente a las poblaciones étnicas minoritarias. Los contextos internacionales tienen que tomar en cuenta la complejidad de las nuevas narrativas desde la perspectiva de los derechos humanos. La población estudiada tiene mucho que decirnos en cuanto a sus necesidades específicas, a la falta de apoyo del país receptor y de las instituciones de servicios humanos y además, nos presentan recomendaciones para que el sistema responda a su realidad. Es importante que aquellos inmigrantes que en su niñez estuvieron bajo la custodia del estado participen en Juntas Asesoras, Comités Consultivos, grupos multidisciplinarios, grupos de autoevaluación de la agencia de servicios, entre otros. A partir de los hallazgos de esta investigación surgen como recomendaciones principales para la práctica: concentrarnos en la supervisión de los hogares de crianza, dialogar con los menores cuando visitemos dichos espacios para conocer sus necesidades y percepciones y sugerir ajustes necesarios a los hogares de crianza en términos de adiestramiento y sensibilidad cultural. De todas las observaciones y preocupaciones expresadas desde sus experiencias diversas, cada entrevistado repitió la necesidad de este seguimiento. Los profesionales de trabajo social pueden recopilar los relatos de los participantes y entrelazarlos para hacer una historia que facilite el trabajo en conjunto (Hall, 1997). Las conclusiones y recomendaciones de esta investigación pueden servir de base y promoción para la continuidad del arduo esfuerzo en el trabajo con los menores en cuidado sustituto. Es importante reconocer la tarea que tienen que hacer los manejadores de casos en una agencia de limitados recursos y la necesidad existente de identificar el capital humano y económico apropiado para delinear un plan estatal responsable en todos los ámbitos del servicio a menores en Puerto Rico. Referencias Abney, V. (2002). Cultural competency in the field of child maltreatment. In J. Myers, L. Berliner, J. Briere, T. Hendricks, C. Jenny, & T. Reid (eds.), The APSAC Handbook on child maltreatment (2nd ed., pp. 447-486). Thousand Oaks, CA: Sage. Acevedo, P., Agostini, A., & Murúa, R. (2003). Los despojados de ciudadanía: La problemática de los inmigrantes contemporáneos. In N. Aquín (Ed.), Ensayos sobre ciudadanía: Reflexiones desde el Trabajo Social (pp. 127-152). Buenos Aires, Argentina: Espacio Editorial. Crespo-Rivera/VOCES DE MENORES INMIGRANTES 304 Bardach, E. (2005). A practical guide for policy analysis: The eightfold path to more effective problem solving. 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