(Microsoft Word - El estado y la televisi\363n 2) ___POSICIONES___ Palabra-Clave 93 Número 2 · 1997 EL ESTADO Y LA TELEVISIÓN Freedom of speech has a lot of enemies. On one side, the economic interests and competence which lead to frivolous news; on the other side, the manipulation of news treatment which impedes pluralism and, finally, the profit-making character which moves the media over the public interest. That is why the State, as the representative of the society, has an immense responsibility in front of communication mass media over the public interest. That is why the State, as the representative of the society, has an immense responsibility in front of communication mas media environment which has the greatest impact in today's world. This article points out the following aspects; the financing of television; the relations between politics and television; the care of children in respect to television programs; television and public order, etcetera, to arrive to the conclusion that the State must rule and exert controls which enable citizens to express freely, to stablish means of communication and that citizens must have access to true and objective information. The previous aspects mentioned must be real and do not belong to the field of formal rights. María Teresa Garcés Lloreda Es abogada de la Universidad Javeriana. Le fue otorgado el diploma de Estudios Profundos de Derecho Público en la Universidad de la Sorbona, París 2. Ha ocupado los cargos de Viceministra de Comunicaciones y Ministra encargada. Relatora de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Magistrada del Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca. Miembro de la Asamblea Nacional Constituyente. Magistrada del Consejo Nacional Electoral. Profesora y conferenciante en varias universidades. Actualmente, Conjuez del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional y Directora del Instituto de Estudios de Comunicación y Cultura -Ieco-. MARÍA TERESA GARCÉS LLOREDA Palabra-Clave 94 Número 2 · 1997 INTRODUCCIÓN: DEMOCRACIA E INFORMACIÓN EN LA TELEVISIÓN Es inconcebible una democracia donde no circule la información, hasta el punto de que ésta es una condición esencial para que exista aquella. Como presupuesto de la participación de los ciudadanos, éstos deben tener informaciones completas y no distorsionadas de la realidad que los rodea, de lo que sucede en el resto del mundo y de las actuaciones de quienes detentan el poder y de quienes aspiran a detentarlo, para que puedan formarse sus propias opiniones. De ahí que el carácter autoritario o democrático de un régimen político pueda predicarse según el nivel de la información que llega a cada uno de los ciudadanos. Un Estado autoritario detentará el monopolio de la información y un Estado democrático permitirá y estimulará el acceso a ella, de manera amplia. El derecho a la información ha sido ampliamente reconocido en las constituciones del presente siglo, desde la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, en su artículo 19: «Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión». El Papa Juan XXIII, en la encíclica Pacem in Terris, declaró que todo hombre tiene derecho a una información objetiva y el Concilio Vaticano II se refirió al tema en los siguientes términos: Existe, pues, en el seno de la sociedad el derecho a la información sobre aquellas cosas que convienen a los hombres, tanto particularmente como constituidos en sociedad, según las circunstancias de cada cual. Sin embargo, el recto uso de este derecho exige que la información sea siempre, en cuanto a su objeto, íntegra; en cuanto al modo, ha de ser, además, honesta y conveniente, es decir, que EL ESTADO Y LA TELEVISIÓN Palabra-Clave 95 Número 2 · 1997 respete fielmente las leyes morales del hombre, sus legítimos derechos y dignidad tanto en la obtención de la noticia como en su divulgación. Siendo la televisión el medio de comunicación de masas de mayor impacto en la actualidad, la información que por ella se propaga debe ser íntegra, honesta y debe respetar los legítimos derechos y la dignidad humana. De ahí que el papel del Estado en relación con la información no es pasivo, sino que, como representante de la sociedad, tiene algunos deberes concretos que debe cumplir y que pueden sintetizarse en las garantías para hacer posible el ejercicio de dicho derecho. Aunque la tecnología ha hecho que la humanidad se encuentre cada vez más interconectada a través de muchos sistemas que cada día se multiplican y que hacen que en cada hogar se reciban emisiones provenientes de diversos países, el Estado tiene la responsabilidad de la televisión dentro de su territorio y ya se vislumbra, además, la necesidad de legislaciones que cubran varios Estados. Sobre la importancia del papel del Estado frente a la televisión, dijo recientemente la Corte Constitucional: ...el Estado, frente a los medios masivos de comunicación, asume tres tipos de responsabilidades: el primero, no interferir, obstruir o impedir, haciendo un uso del poder que detenta, el desarrollo libre y autónomo de las funciones que les competen a dichos medios; el segundo, producir, a través de los órganos legitimados para el efecto, la normativa que sea necesaria para impedir que otras fuerzas sociales o poderes impidan el ejercicio del derecho a informar, a ser informado y a fundar medios masivos de comunicación, sin violar con ello las demás disposiciones del ordenamiento superior; y el tercero, propiciar y garantizar el ejercicio pleno por parte de todos sus titulares de los derechos fundamentales, los cuales a su vez son garantía del desarrollo efectivo del derecho a la información 1. _______________________ 1 Sentencia C-350 del 29 de julio de 1997. M.P. Dr. Fabio Morón Díaz. MARÍA TERESA GARCÉS LLOREDA Palabra-Clave 96 Número 2 · 1997 La libertad de expresión en la televisión tiene muchos enemigos: las formas de financiación, la banalización de la noticia por la competencia, un manejo que no garantice la competencia y la igualdad en el acceso al espectro electromagnético. Con ello el derecho a ser informado de manera veraz e imparcial y el derecho de expresión de todas las personas quedan como derechos formales, sin concreción en la realidad. LA FINANCIACIÓN DE LA TELEVISIÓN Aunque se garantice la libertad de expresión y de fundar medios de comunicación, los altos costos de la inversión en televisión hacen que, en la práctica, esta libertad se encuentre sometida a los grandes intereses económicos. Cuando los espacios informativos deberían estar por encima de los intereses privados y su desarrollo debería fundarse en una concepción de servicio público, hay una creciente dependencia económica del anunciante, por ser éste propietario o financiador del medio. La «pauta atada» hace que las informaciones sean distorsionadas, fragmentadas, o que no se aborden determinados temas por existir sobre ellos grandes intereses económicos. Existe una especie de autocensura explícita o implícita, ya que al lado de los controles expresos que ejercen los accionistas o los anunciantes, hay mecanismos anónimos, invisibles, que hacen que la televisión sea un instrumento de conservación de un orden simbólico. Se ha impuesto, en la mayoría de los países, el reino del 'rating de sintonía', lo que hace que domine en la televisión lo que era propio de la prensa sensacionalista: la sangre y el sexo, el drama y el crimen, por ser lo que más audiencia recoge y por tanto significa mayor pauta publicitaria. Este dominio de lo puramente comercial en la televisión es tanto más delicado si se tiene en cuenta que hay una proporción muy EL ESTADO Y LA TELEVISIÓN Palabra-Clave 97 Número 2 · 1997 importante de personas que no leen periódico alguno y que tienen la televisión como única fuente de información. Dice el autor francés Pierre Bourdieu: La televisión tiene una especie de monopolio de hecho sobre la formación de los cerebros de una parte muy importante de la población. ...la televisión puede reunir en una noche ante el noticiero de las ocho más personas que todos los cuotidianos franceses de la mañana y de la tarde reunidos. Si la información suministrada por un medio tal se convierte en información ómnibus, homogeneizada, pueden verse los efectos políticos y culturales que de ahí pueden resultar 2. Existe una tendencia a llamar la atención sobre hechos banales y distraer a la gente con los llamados hechos ómnibus, o sea, para todo el mundo, que no dividen, que no chocan, que hacen el consenso, que interesan a todos, de tal modo que no se refieren a cosa alguna importante. La banalidad de la información hace que la mayoría de la gente carezca de informaciones necesarias para tener una conciencia crítica, para defender sus derechos, o para participar de forma activa en la vida social o política. La integridad de la información tiene que ver con que ésta sea completa, no fraccionada. No obstante, el principio de selección de lo que muestran los medios televisivos consiste en la búsqueda de lo sensacional, de lo espectacular, de lo extraordinario, de lo que no es cuotidiano. Y sobre todo, cada noticiero busca la exclusividad, lo que lleva finalmente a uniformar la banalidad. Por una paradoja, la competencia en este caso también uniforma, al igual que el monopolio, lo que crea «la circulación circular de la información». Para el televidente esta información no da un contexto, ni una explicación, ni una proyección. Dice el periodista Javier Darío Restrepo: Es una carrera insensata contra el tiempo y contra los competidores para presentar el hecho que ocurrió... así sea llegando al estudio a la _______________________ 2 "Sur la télévision», marzo de 1997, pp. 17 y 50. MARÍA TERESA GARCÉS LLOREDA Palabra-Clave 98 Número 2 · 1997 hora de la emisión, sin textos preparados, sin elaboración de los datos, sin edición del material y con la sola preocupación de no aparecer 'chiviados' frente a la competencia que, a su vez, piensa igual... Dado su carácter de espectáculo, el noticiero de televisión, tiende a obedecer unas férreas normas de trivialización, que afectan la selección de las noticias. Entre el espectáculo multicolor de un circo de toros que se derrumba y la escena en penumbra de un foro sobre la paz, la prioridad no la da la trascendencia del tema sino la riqueza de las imágenes 3. El afán sensacionalista lleva a violaciones del derecho a la intimidad de las personas y de las familias, los periodistas se convierten en jueces, se viola la reserva sumarial, a la gente se le condena sin esperar a que pueda defenderse y presentar sus pruebas. Y, aunque luego de varios años la justicia lo absuelva, ya ante la sociedad el presuntamente implicado es culpable, sin forma de restablecer su honra. Son frecuentes las incursiones en la vida íntima o familiar, cuando se trata de personas conocidas en la política, de artistas, o de celebridades. Tenemos, en esta materia, el caso reciente de la princesa Diana de Gales, a quien los «paparazzi» llevaron a la muerte, en su afán de preservar su intimidad. Otra fuente de financiación de la televisión es la propaganda estatal, la cual también corre el riesgo de condicionar, de subordinar la información al gobernante de turno. Además, tiene el grave inconveniente de crear fuertes desigualdades entre los competidores, cuando las pautas publicitarias no se reparten equitativamente. Este hecho tiene tal repercusión, que muchas veces la supervivencia de un determinado medio puede depender de la pauta oficial, la cual desaparece cuando hay oposición en la pantalla. Dentro de este esquema, del cual no escapan sino que, por el contrario, son sus principales exponentes los países menos desarrollados, la población marginada carece de información y de recursos para expresarse. O sea, que existe libertad jurídica de fundar _______________________ 3 Citado por Alberto Rojas Puyo, Cómo democratizar el Estado colombiano, Comisión Presidencial para la Reforma de la Administración Pública del Estado Colombiano, Ministerio de Gobierno, 1990, p. 120. EL ESTADO Y LA TELEVISIÓN Palabra-Clave 99 Número 2 · 1997 medios masivos de comunicación y de acceder al espectro electromagnético, pero ésta no tiene sustento en la realidad. Otro aspecto que cabe resaltar es la uniformidad de las fuentes consultadas por los distintos medios: aunque los gobiernos están obligados a suministrar la información de sus actividades y proyectos a la población, algunos medios parecen mecanismos de propaganda oficial y se limitan a reproducir los discursos de los funcionarios o los comunicados oficiales, sin consultar otras fuentes o versiones. Con la información internacional sucede que los medios transmiten lo que las agencias internacionales les envían, con una visión a menudo parcializada de los acontecimientos y con sesgos que traducen concepciones racistas o intereses económicos y culturales de los países ricos. Dentro del ambiente trivial de la televisión, a menudo los presentadores o locutores califican las noticias y dan su versión personal sobre ellas, en una deformación de su tarea, cuya característica debe ser la imparcialidad. El periodista que decide investigar ciertos hechos hasta llegar a sus últimas consecuencias, se pone en la mira de los delincuentes o de intereses ocultos, hasta el punto de que la amenaza y el asesinato de periodistas se ha convertido en otro factor que atenta contra la libertad de expresión. EL MANEJO DE LA TELEVISIÓN En cuanto a la propiedad y al manejo de los medios audiovisuales, y a las relaciones entre el Estado y el audiovisual, se plantean distintas posibilidades o modelos de regulación que pueden resumirse así: Los países europeos se han caracterizado por el monopolio estatal en el manejo de la televisión, con algunas excepciones y modalidades especiales y una reciente tendencia a la privatización. MARÍA TERESA GARCÉS LLOREDA Palabra-Clave 100 Número 2 · 1997 Es así como en los países escandinavos -Suecia, Dinamarca y Noruega- la televisión ha sido dirigida por el gobierno. En Finlandia ha sido parcialmente privada y gubernamental. En la Europa Oriental la ha manejado el Estado, así como en Israel. El sistema británico fue fundamentalmente público hasta 1954. Su manejo fue encomendado a la British Broadcasting Corporation (BBC), con la dirección de doce «Governors» nombrados por la Corona, con base en una lista propuesta por el gobierno, quienes nombran al director general. La independencia de la BBC se garantiza por el hecho de que los «Governors» deben renunciar a cualquier vinculación con asociaciones, partidos o gobierno y ponerse al servicio exclusivo de la Corporación. En 1954 se creó, además, la Independent Broadcasting Authority (IBA), como agrupación central de las sociedades programadoras regionales y privadas. De la misma forma como lo hace para la BBC, el gobierno nomina a once miembros de la IBA, quienes nombran al director general ejecutivo. El sistema de radio y televisión de Alemania Federal está manejado por doce corporaciones de derecho público y utilidad común, con autonomía jurídica, independencia en la configuración de programas y autonomía económica. Estas corporaciones son autónomas respecto del ejecutivo estatal. En Francia se impuso el monopolio estatal de 1945 a 1982 en la radiodifusión-televisión, con algunos atenuantes. En 1986 se creó la Comisión Nacional de la Comunicación y de las Libertades, como una autoridad administrativa independiente, con poder de reglamentar, decidir, controlar y absolver consultas, cuyos miembros tienen origen diverso. La competencia de esta entidad se asemeja a la ejercida por la Federal Communications Commission, de los Estados Unidos. En Colombia la Constitución ha creado un ente rector de la televisión, dotado de autonomía, cuyas características han sido ampliamente definidas por la Corte Constitucional, así: EL ESTADO Y LA TELEVISIÓN Palabra-Clave 101 Número 2 · 1997 La autonomía de la Comisión Nacional de Televisión no es, pues, un simple rasgo fisonómico de una entidad descentralizada. En dicha autonomía se cifra un verdadero derecho social a que la televisión no sea controlada por ningún grupo político o económico y, por el contrario, se conserve siempre como un bien social, de modo que su inmenso poder sea el instrumento, sustrato y soporte de las libertades públicas, la democracia, el pluralismo y las culturas. A la luz de las premisas anteriores, resulta comprensible el afán del constituyente de que la televisión, orgánica y funcionalmente, no fuera controlada por el 'gobierno de turno'. El propósito institucional que subyace a esta cautela, naturalmente se extiende a las mayorías políticas episódicamente favorecidas en las urnas, ya que, de lo contrario, el fin buscado sería inalcanzable. No se trata de reducir la democracia, sino de vigorizarla, manteniéndola como proceso abierto, para lo cual es indispensable sustraer determinados bienes e instrumentos sociales de la contienda política y de su eventual desenlace, los cuales deben conservar su impronta de neutralidad, si, en verdad, se quiere estimular un debate público fecundo y pluralista 4. POLÍTICA Y TELEVISIÓN La imagen tiene la particularidad de que puede producir lo que los críticos literarios llaman el efecto de lo real. Puede hacer ver y hacer creer en lo que hace ver. Hay hechos que, por aparecer en televisión, pueden tener un efecto mucho más importante que una manifestación de miles de personas en las calles. La televisión, que pretende ser un instrumento de registro, se convierte en instrumento de creación de realidad. Por ello, puede ser _______________________ 4 Corte Constitucional, sentencia C-497 de 1995, M.P. Dr. Eduardo Cifuentes Muñoz. MARÍA TERESA GARCÉS LLOREDA Palabra-Clave 102 Número 2 · 1997 un mecanismo de manipulación poderosísimo. A través de ella, es posible imponer formas de visión del mundo y llegar a movilizar o a desmovilizar a la gente. «...el tamaño y la profundidad de la democracia -ha dicho la Corte Constitucional- en cierta medida resultan afectados por la libertad de acceso y el pluralismo que caracterice la televisión y ellas, sin lugar a dudas, pueden resentirse cuando el medio se convierte en canal propagandístico de la mayoría política, o más grave aún de los grupos económicos dominantes» 5. Con el poder creciente de la televisión, ha llegado, incluso, a desplazar a los partidos políticos. La televisión penetra todos los ámbitos, impone su ley, con el agravante de que, en lugar de las concepciones ideológicas para mover a la opinión, hoy en día lo que prima son los intereses económicos. La televisión se ha convertido, así, en un instrumento de la plutocracia. Democratizar la información es democratizar la política. Pero la televisión no puede ser de partido y, mucho menos, los noticieros: la noticia militante es totalmente contraria a la noticia objetiva. Según la Corte Constitucional, la función principal de los noticieros es «suministrar información objetiva, veraz e imparcial, que garantice en todas sus dimensiones el derecho fundamental consagrado en el articulo 20 de la C.P., del cual somos titulares todos los colom- bianos»6. Reitera la Corte: ... los procesos de comunicación que se surten a través de los medios masivos de comunicación, y especialmente de la televisión, que es uno de los medios de comunicación de más amplia cobertura y gran nivel de penetración, al cual tiene acceso prácticamente la totalidad de la población de un país, cumplen un papel determinante, como lo ha señalado esta Corporación, en la consolidación o debilitamiento de la _______________________ 5 Sentencia C-497 de 1995, M.P. Dr. Eduardo Cifuentes Muñoz. 6 Sentencia No. C-350/97. M. P. Dr. Fabio Morón Díaz. EL ESTADO Y LA TELEVISIÓN Palabra-Clave 103 Número 2 · 1997 democracia, pues ellos, cuyo principal objetivo es 'persuadir o disuadir al receptor' a través de la información, contribuyen de manera decisiva a la conformación de la 'opinión pública', que es, en últimas, la que con sus decisiones legitima o no a los poderes constituidos 7. En nuestro medio, no obstante, en gran medida los noticieros representan corrientes políticas y han sido adjudicados con criterios partidistas. Esta aberración, ya crónica en Colombia, constituye un claro desvío de la función de servicio público que deben tener estos espacios y, con ello, se llega a un círculo vicioso en que, para hacer política, es necesario ser propietario de medios de comunicación, lo que pone en clara desventaja a aquellos ciudadanos que carecen de ellos. La simbiosis política-medios-economía tiene un resultado negativo para el derecho de información objetiva y para la participación política de las personas. En la adjudicación de los espacios y los canales de televisión, deben primar la objetividad y la transparencia, como en cualquier concesión de un servicio público. Debe evitarse cualquier tendencia a utilizar criterios subjetivos de calificación, pues ello constituye una forma de censura, como bien lo estableció la Corte Constitucional, a propósito de la declaratoria de inconstitucionalidad del parágrafo del artículo 25 de la ley 335 de 1997. Dijo, en esa oportunidad, la guardiana de la Carta: Lo que es inadmisible es que un procedimiento como el de la evaluación, que debe servir para garantizar al usuario la prestación de un óptimo servicio, se convierta, por mandato de la ley, en un instrumento para que el Estado, unilateralmente, decida cada seis meses, con base en criterios de carácter subjetivo, que como tales no son susceptibles de control, quiénes tienen 'derecho' y quiénes no a continuar con una concesión... ... La evaluación, tal como quedo consignada en el parágrafo impugnado, es un instrumento de censura y _______________________ 7 Sentencia C-350/97, del 29 de julio de 1997. M.P. Dr. Fabio Morón Díaz. MARÍA TERESA GARCÉS LLOREDA Palabra-Clave 104 Número 2 · 1997 lo es, entre otros, por los siguientes motivos: Porque tal como quedó anotado, el ejercicio libre de interferencias por parte de todos los titulares del derecho a la información en sus distintas manifestaciones, es condición esencial para que se conforme una sólida y libre opinión pública, a la cual le corresponderá legitimar o no los poderes constituidos, actuación con la que contribuirá de manera definitiva a la consolidación o debilitamiento de la demo- cracia; en consecuencia, la evaluación en los términos previstos en el parágrafo impugnado, al impedir y obstaculizar la libre conformación de la opinión pública, que a su vez ocasiona la obstrucción del ejercicio del derecho a la libre participación de los ciudadanos en los asuntos que los afectan, la cual encuentra posibilidades de realización en los procesos comunicativos que se realizan a través de los medios masivos de comunicación, ocasiona la violación de los artículos 1 y 2 de la C.P. El control que se atribuye el Estado a través de la norma impugnada es, definitivamente, una forma de censura, porque además de todo lo anterior, propicia los fenómenos de la subinformación y la pseudoinformación en los términos en que fueron descritos en esta providencia, lo que contradice el núcleo esencial de los derechos consagrados en el artículo 20 de la C.P. 8. Es incomprensible que la Comisión Nacional de Televisión, en la licitación para los canales 1 y A, haya determinado como criterios de calificación de las propuestas prácticamente los mismos que la Corte Constitucional consideró subjetivos y, por lo tanto, formas de censura. _______________________ 8 Sentencia No. C-350 del 29 de julio de 1997. M.P: Dr. Fabio Morón Díaz. EL ESTADO Y LA TELEVISIÓN Palabra-Clave 105 Número 2 · 1997 EL RESPETO A LOS NIÑOS Anteriormente, era posible escoger aquellos bienes culturales que debían llegar a los niños: los padres y la escuela les facilitaban los libros según la edad y les aportaban los elementos necesarios para su desarrollo. La televisión, por el contrario, irrumpe en el hogar como una intrusa y no da posibilidades de escoger. Además, los niños no tienen posibilidades de seleccionar por su falta de información previa. Muchos tratadistas e investigadores han verificado el hecho de que la televisión coloca al niño frente a imágenes adultas. Dice Abelardo Forero Benavides: La televisión está al lado de la cuna. De un solo salto, se pasa de la cuna mojada al mundo de los mayores y de los peores. Los amantes que se besan, las mujeres semidesnudas, los gritos en la noche de una histérica, el disparo de una ametralladora, la guerra en sus peores imágenes, la vida de los homosexuales, el incendio de las ciudades. ¿Qué les dice a los niños ese misterioso lenguaje? Y a continuación se pregunta: ¿Esa es la prodigiosa enseñanza que el progreso suministra a la infancia? 9. Enorme responsabilidad la del ser humano de nuestra generación: el más poderoso instrumento de comunicación no se utiliza para promover los mejores valores éticos y estéticos y para ayudar al niño a comprender la sociedad en que vive, sino que le muestra los aspectos más degradantes de la vida social, desde su más tierna infancia. Es así como proliferan los mensajes tanto en la programación habitual como en la publicidad, donde priman la violencia y la sexualidad, donde se degrada a la mujer y, con frecuencia, los valores espirituales. En muchas investigaciones, se ha llegado a establecer la correlación entre violencia en la televisión y actividades criminales de _______________________ 9 "Juicio a la televisión. La visitante nocturna.1985. Editoriales Nikos y Oveja Negra, p.25. MARÍA TERESA GARCÉS LLOREDA Palabra-Clave 106 Número 2 · 1997 niños y jóvenes. De otra parte, «la droga que se enchufa», o sea la televisión, ha sido considerada como causante del retardo del proceso de socialización de los niños, ya que estimula en ellos una actitud pasiva y no mejora las habilidades básicas de comunicación, como leer, escribir y expresarse con precisión y autonomía 10. El Estado y la sociedad colombiana deben asumir con seriedad la protección de los niños, pues, como lo expresó el profesor Ciro Angarita Barón, «Colombia es actualmente un Estado social de derecho, fundado en la democracia participativa y ha decidido que sus niños y niñas sean sujetos privilegiados, cuyo destino debe ser construido con la participación de todas las fuerzas vivas» 11. LA TELEVISIÓN Y EL ORDEN PÚBLICO La televisión debe crear un clima favorable a la pacificación, lo cual no implica dejar de informar sobre la realidad, aún si esta cargada de violencia. Sobre este tema ha habido una tendencia reiterativa de dictar medidas de censura a los medios de comunicación masivos - radio y televisión- sobre todo en épocas de estado de sitio (hoy, de conmoción interior). La Corte Suprema de Justicia, en ejercicio del control de constitucionalidad, definió el punto cambiando sustancialmente su jurisprudencia anterior, en favor de la libertad de expresión, aún en los estados de excepción, con ocasión del enjuiciamiento del decreto 2204 de 1988, por el cual se prohibía, durante el estado de sitio, la transmisión de informaciones, declaraciones, comunicados, entrevistas o comentarios relativos a paros y huelgas ilegales, a movilizaciones, a cese de actividades, a actos subversivos o terroristas o a hechos que, de alguna manera, conduzcan a la perturbación del orden público y, _______________________ 10 Álvarez, Carlos Gustavo. «El daño que divierte», Juicio a la televisión, p. 90. 11 Carta al Presidente de la República sobre el proyecto de Código del menor, del 25 de septiembre de 1997. EL ESTADO Y LA TELEVISIÓN Palabra-Clave 107 Número 2 · 1997 además, se establecían drásticas sanciones. Consideró la Corte que «en general, la prensa está sometida a la legislación ordinaria y solamente cuando por su comportamiento se constituye en elemento alterante del orden público o en factor adicional de su agravación podrá ameritarse el tratamiento de excepción». En el asunto concreto sometido a su examen, fue el criterio de la Corte que este comportamiento de la prensa, que debe ser no solamente violatorio de la ley, sino integrante del desorden público, es el que no se advierte hoy, pues no se ve que por propósito se tergiverse la verdad, se alarme sin razón, se promuevan alteraciones, se concite a la violencia o al tumulto, se creen condiciones de inseguridad o en alguna otra forma se atente contra la paz y la tranquilidad públicas o la estabilidad de las instituciones que el país se ha dado. No hay perturbación del orden público debido a la prensa, ni el decreto la alega siquiera. Tampoco se encuentra que esa actividad perturbadora sea una amenaza real y no simplemente hipotética o imaginaria, y, como se dejó dicho, esto no justifica la aplicación del régimen extraordinario. Y concluye diciendo que «... el estado de sitio no tiene, no puede tener el desmesurado efecto, que así se le atribuye, de acabar con una institución tan vital por el simple hecho de ser declarado; se requiere que ella misma sea perturbadora y atentatoria contra el orden público». Esta sentencia inaugura una forma de concebir la coexistencia de la libertad de expresión con el desorden y la violencia imperantes en nuestro país y con los estados de excepción, concepción que ha tenido importantes desarrollos sobre la libertad de expresión y de información, por la Corte Constitucional. Ahora bien, aunque con el fin de preservar el orden público no se puede desconocer la realidad de los hechos y, por lo tanto, llegar a prohibir la información sobre ellos, es necesario tener en cuenta que esta información no puede llevar a la magnificación de los hechos MARÍA TERESA GARCÉS LLOREDA Palabra-Clave 108 Número 2 · 1997 violentos, ya que es posible informar sin hacer apología de la violencia. Es necesario tener en cuenta que el terrorismo busca publicidad, por lo cual los medios deben evitar hacerles el juego a quienes utilizan estos métodos y, por ejemplo, debe evitarse la trasmisión simultánea de actos violentos. Lo mismo puede decirse de los delincuentes comunes, los cuales, a menudo, cometen actos violentos con el fin de ganar notoriedad a través de la televisión. Hemos visto muchas veces a personas que han cometido asesinatos colectivos y en los noticieros de la noche les preguntan sobre su biografía, sus gustos, sus expectativas hacia el futuro, notoriedad que nunca habrían alcanzado, de no haber cometido sus crímenes. CONCLUSIONES Entre las medidas que pueden tomarse por el Estado, principalmente relacionadas con la ley para contrarrestar los peligros descritos sobre la libertad de expresión, y en particular para garantizar el derecho a la información veraz e imparcial, pueden mencionarse: 1. Dictar normas que tiendan a evitar los monopolios y la concentración. Los analistas del terra coinciden en que debe evitarse la concentración en los mismos propietarios de medios, como la prensa, la radio y la televisión. Además, no debe coexistir la propiedad de un medio con otro tipo de interés económico. Decía Luis Carlos Galán: «Quien sea dueño de un periódico no debe serlo de una emisora o de una programadora de televisión o a la inversa». «...el propietario de un órgano de expresión no debe serlo de otro tipo de interés económico» 12. _______________________ 12 Citado por Alberto Rojas Puyo, Cómo democratizar el Estado colombiano, Comisión Presidencial para la Reforma de la Administración Pública del Estado Colombiano, p. 118. EL ESTADO Y LA TELEVISIÓN Palabra-Clave 109 Número 2 · 1997 2. La adjudicación de espacios de televisión y de canales a empresas privadas debe estar regida por normas que aseguren la transparencia y la imparcialidad y no pueden fundarse en criterios de carácter subjetivo. 3. El Estado tiene la obligación de fomentar muchas formas de comunicación alternativa, o sea, que no tengan por finalidad el interés económico, sino el interés público. Es importante propiciar la articulación de organizaciones sociales, con el objeto de que la información pueda ser asimilada colectivamente y producida por la misma comunidad. Ahora bien, resulta impropio que se dicten normas que regulen el mismo servicio, según se trate de entidades con ánimo de lucro o sin ánimo de lucro, como viene haciéndolo la Comisión Nacional de Televisión, limitando las posibilidades de expresión, de información y la utilización de recursos técnicos de aquellas sin ánimo de lucro, pues se trata de medidas discriminatorias y que atentan contra la igualdad. 4. El Estado debe reservarse canales de televisión con objetivos culturales, pero las formas de adjudicación deben ser transparentes, respetar el principio de igualdad y en las decisiones sobre contenidos, o sea sobre la programación, debe haber amplia representación de la comunidad. Lo contrario implica la adjudicación a dedo, la vara de premios a los amigos y la intervención del Estado en los contenidos de las expresiones culturales, negando la libertad de los creadores. 5. Para lograr una información veraz, es necesario fomentar la consulta de diferentes fuentes, exigir la investigación de las diferentes versiones sobre un hecho y propiciar la existencia de agencias internacionales, como la que propuso hace algunos años la UNESCO, de comunicación para el desarrollo, apoyada por los Estados, pero libre de cualquier injerencia de los gobiernos. MARÍA TERESA GARCÉS LLOREDA Palabra-Clave 110 Número 2 · 1997 6. Fomentar las veedurías a la televisión, los espacios de crítica a la programación, la participación ciudadana en organismos que definan los contenidos de carácter cultural y de expresión comunitaria. 7. Multiplicar en las facultades de medios de comunicación los análisis sobre las tendencias y enfoques de la televisión y la perspectiva ética del ejercicio de la profesión. 8. Las políticas de televisión y la legislación están obligadas a ocuparse de temas como la utilización de los niños en los comerciales; la mención de los niños en las noticias; la promoción de espacios especiales para los niños de diferentes edades; la inclusión de cursos sobre lectura crítica de la televisión en las aulas escolares, la indicación de los programas como aptos para menores o de aquellos que deben ser vistos con adultos; la prohibición de transmitir programas que inciten al menor al uso de drogas o sustancias nocivas para su salud o que hagan la apología de hechos delictivos o contengan descripciones pornográficas, y la promoción de investigaciones sobre el efecto de los mensajes de sexo y violencia en los niños. Como puede verse, el Estado tiene una gran responsabilidad en las garantías al derecho de expresión y a la información objetiva y veraz en la televisión, responsabilidad que debe ser objeto de control por los ciudadanos y muy especialmente, por quienes estudian periodismo y comunicaciones en las universidades.